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Invertir en Marruecos: MEDIDAS INCITATIVAS

   Carta de la Inversión

 

Documento de base para la inversión extranjera. Esta “Carta”, fue promulgada en 1996, y se caracteriza por:

 

-         La agilización y reducción de los trámites y procesos administrativos

-         La garantía de transferencia de capital, beneficios, cesión y plusvalías

-         La reducción del coste de la inversión y de la carga fiscal

-         El régimen fiscal preferencial a favor de las empresas exportadoras

-         El régimen de convenios de inversión con ventajas adicionales

-         El fomento del empleo

edidas incitativas

a- Fondo Hassan II: 

 El Fondo Hassan II para el Desarrollo Económico y Social, creado por la ley n°36-01, contribuye asumir las cargas o una financiación parcial del programa de inversión realizada el la compra de terreno o la construcción en los siguientes sectores industriales :

  • Todas las actividades de industrias textiles  
  • Sector del cuero  
  • Componentes de automóvil e Industrias eléctricas  
  • Actividades industriales de conservación del medio ambiente  

La contribución del Fondo Hassan II reviste dos formas :

 

Un apoyo directo :

  • 50% del coste del terreno viavilizado (sobre la base máxima de 250 DH/m²)
  • 30% del coste de los edificios listos al empleo (base máxima de 1500 DH/m²)
  • 100% del coste del terreno (sobre la base máxima de 250 DH/m²) si la ayuda se solicita solamente para la adquisición del terreno.

Un apoyo indirecto que consiste en la puesta a disposición del promotor, por medio de una terecra empresa o establecimiento, de locales listos al empleo dentro de zonas arregladas, pero con un alquiler competitivo.

 

Estas ventajas concedidas en el marco del apoyo directo o indirecto son objeto de un convenio que debe firmarse con el Gobierno marroquí.

Las sociedades que se comprometen a realizar una inversión en uno de los sectores previamente mencionados y que desean concluir un convenio con el Estado en el marco del Fondo Hassan II para beneficiarse de las ventajas anteriormente citadas, deben depositar en el Ministerio de Industria, Comercio y Modernización de la Economía, un expediente que incluye los estatutos de la sociedad, las referencias del inversor y una nota de presentación detallada del proyecto que debe realizarse, haciendo resaltar el importe de la inversión, el número de empleos que serán creados.

 

b – Convenio con el estado:

 En el caso de una inversión superior o equivalente a 20 millones de  euros, esta se beneficia de un convenio de inversión mediante el cual se le otorga las siguientes ventajas y beneficios:

 

-         Exención de los derechos de importación así como el IVA a la importación para los bienes de equipo, los materiales y herramientas necesarias al proyecto. En realidad solamente el cemento, el redondo para hormigón, los coches así como los consumibles no se benefician esta de exención. Además de los equipamientos y otra herramienta, el sistema de ventilación, climatización, electricidad, la estructura metálica, etc. también pueden beneficiarse de esta exención.

 -         participación al 20% en el coste del terreno

 -         participación en el coste de la infraestructura externa: vías de acceso, conexiones, red de suministro de agua, electricidad, saneamiento, planta de tratamiento del agua, nivelación. La participación del Estado no puede superar el 5% del coste de la inversión.

-         Participación al 20% del coste de la formación profesional.

 

Estas 3 ultimas contribuciones no pueden superar el 5% del coste global de la inversión.

 



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