Invertir
en Marruecos: MEDIDAS
INCITATIVAS
Carta
de la Inversión 
Documento de base para la inversión extranjera. Esta “Carta”, fue
promulgada en 1996, y se caracteriza por:
-
La agilización y reducción
de los trámites y procesos administrativos
-
La garantía de
transferencia de capital, beneficios, cesión y plusvalías
-
La reducción del coste de
la inversión y de la carga fiscal
-
El régimen fiscal
preferencial a favor de las empresas exportadoras
-
El régimen de convenios de
inversión con ventajas adicionales
-
El fomento del empleo
edidas
incitativas
a-
Fondo Hassan II:

El Fondo
Hassan II para el Desarrollo Económico y Social, creado por la ley n°36-01,
contribuye asumir las cargas o una financiación parcial del programa de inversión
realizada el la compra de terreno o la construcción en los siguientes sectores
industriales :
- Todas
las actividades de industrias textiles
- Sector
del cuero
- Componentes
de automóvil e Industrias eléctricas
- Actividades
industriales de conservación del medio ambiente
La
contribución del Fondo Hassan II reviste dos formas :
Un apoyo
directo :
- 50%
del coste del terreno viavilizado (sobre la base máxima de 250 DH/m²)
- 30%
del coste de los edificios listos al empleo (base máxima de 1500 DH/m²)
- 100%
del coste del terreno (sobre la base máxima de 250 DH/m²) si la ayuda se
solicita solamente para la adquisición del terreno.
Un apoyo
indirecto que consiste
en la puesta a disposición del promotor, por medio de una terecra empresa o
establecimiento, de locales listos al empleo dentro de zonas arregladas, pero
con un alquiler competitivo.
Estas ventajas
concedidas en el marco del apoyo directo o indirecto son objeto de un convenio
que debe firmarse con el Gobierno marroquí.
Las sociedades que se comprometen a realizar una inversión en uno de los
sectores previamente mencionados y que desean concluir un convenio con el Estado
en el marco del Fondo Hassan II para beneficiarse de las ventajas anteriormente
citadas, deben depositar en el Ministerio de Industria, Comercio y Modernización
de la Economía, un expediente que incluye los estatutos de la sociedad, las
referencias del inversor y una nota de presentación detallada del proyecto que
debe realizarse, haciendo resaltar el importe de la inversión, el número de
empleos que serán creados.
b
– Convenio con el estado:

En
el caso de una inversión superior o equivalente a 20 millones de euros,
esta se beneficia de un convenio de inversión mediante el cual se le otorga las
siguientes ventajas y beneficios:
- Exención
de los derechos de importación así como el IVA a la importación para los
bienes de equipo, los materiales y herramientas necesarias al proyecto. En
realidad solamente el cemento, el redondo para hormigón, los coches así como
los consumibles no se benefician esta de exención. Además de los equipamientos
y otra herramienta, el sistema de ventilación, climatización, electricidad, la
estructura metálica, etc. también pueden beneficiarse de esta exención.
-
participación al 20% en el coste del terreno
- participación
en el coste de la infraestructura externa: vías de acceso, conexiones, red de
suministro de agua, electricidad, saneamiento, planta de tratamiento del agua,
nivelación. La participación del Estado no puede superar el 5% del coste de la
inversión.
- Participación
al 20% del coste de la formación profesional.
Estas 3 ultimas contribuciones no pueden superar el 5% del coste global de
la inversión.
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