Consulado General del Reino de Marruecos en Sevilla
 

Actualidad economica
 
Information sobre Marruecos
Marco Juridico de la Inversión
Invertir en Marruecos
Acuerdos de libre comercio
Comercio Exterior
Oportunidades de Negocio e Inversión
 
Andalousie en bref
 
Menu consulat
Menu visiter Maroc
 
Enlaces
 
Inicio

Invertir en Marruecos: ventajas fiscales

 

       Exenciones de alcance general

Impuesto sobre Sociedades

Impuesto sobre sociedades e Impuesto sobre Renta y Patrimonio (I.G.R.)

Impuesto sobre le Valor Añadido

Derechos de Registro

Impuestos de Patentes

Tasa Urbana

Contribución sobre ingresos profesionales exentos de I.G.R.

  

En el momento de creación de la empresa:

Las empresas que ejercen actividades en las prefecturas o provincias de:

Al Hoceïma, Berkane, Boujdour, Chefchaoun, Essamara, Guelmim, a Jerada, Laâyoune, Larache, Nador, Ued Eddahab, Oujda Angad, Tánger Asilah, Fahs Bni Makada, Tantan, Taounate, Taourirt, Tata, Taza y Tetuán,

se benefician de una reducción temporal del 50% sobre el impuesto de Sociedades o sobre el IGR, equivalente al IPRF español, (según el régimen fiscal adoptado por la empresa) durante los 5 primeros años de la empresa a partir del inicio de la actividad, a excepción de los establecimientos permanentes sin sede en Marruecos adjudicatarios de contratos de obras, suministros o servicios, las entidades de crédito, el banco del Estado « Bank Al Maghrib », la Caja de Depósito y Gestión (CDG), las sociedades de seguros y reseguros y las agencias inmobiliarias.

Las empresas establecidas en las provincias de Tánger, Asilah y Fahs Bani Makada (dahír de 1963) se benefician de una reducción permanente del 50% sobre el impuesto de Sociedades o sobre el IGR (según el régimen fiscal adoptado por la sociedad). Las ventajas previstas en favor de las empresas exportadoras y artesanales son cumulables con las medidas de atenuación fiscal previstas para las provincias de Tánger ' Asilah y Fahs Bani Makada.

Los beneficios realizados en la zona franca del puerto de Tánger se benefician de una exención total del IS y el IGR.

Exención de la cotización mínima durante los 3 primeros ejercicios contables que siguen la fecha de inicio de la actividad profesional. Determinación de la cotización mínima sobre una base antes del impuesto a partir del 01 de enero de 2001.

Aplicacion del IS y IGR durante el ejercicio de la actividad :

Una provisión en franquicia de impuesto hasta un máximo de 20% del beneficio fiscal, antes del impuesto, puede ser constituida para la realización de inversiones en bienes de equipo, materiales y herramienta, dentro del límite de 30% del importe de dichas inversiones, con exclusión de los terrenos, de las construcciones que no sean de uso profesional y de los vehículos de turismo. Esta provisión puede afectarse en parte o en totalidad por la reestructuración, investigación y desarrollo.

Una provisión en franquicia de impuesto puede ser constituida dentro del límite de 3% del beneficio fiscal, antes del impuesto, con el fin de abastecer un fondo destinado a la adquisición o a la construcción por el empresario de alojamientos destinados a los asalariados de la empresa como vivienda principal o la concesión de préstamos a dichos asalariadas para la construcción o la adquisición de alojamientos destinados a la vivienda principal.

 

Los bienes de equipo con exclusión de los edificios y vehículos de transporte de personas, pueden amortiguarse según el método "regresivo", que consiste en aplicar a la anualidad de amortización normal los siguientes coeficientes :

-          1,5 para los bienes cuya duración de amortización es de 3 ó 4 años;

-          2 para los bienes cuya duración de amortización es de 5 ó 6 años;

-          3 para los bienes cuya duración de amortización es superior a 6 años


Disminución sobre las plusvalías constatadas y beneficios realizados con motivo de cesión o retirada de elementos del activo :

Aplicación de una disminución durante el ejercicio de la actividad

-         25% si la duración de posesión del bien cedido es inferior o igual a 4 años

-         50% si dicha duración es de entre 4 y 8 años;

-         70% si el dicha duración es superior a 8 años

-         100% si la empresa se compromete a volver a invertir el producto global de las cesiones efectuadas durante un mismo ejercicio en bienes de equipo o en edificios reservados a la explotación profesional con un plazo de conservación de 5 años de dichos bienes

 

Al termino de la actividad, aplicación de una disminución de :

-          50% si el tiempo de posesión del bien cedido es de entre 4 y 8 años;

-          2/3 si dicho periodo es superior a 8 años;

 Aplicación de una disminución derogatoria, opcional y específica del 50% sobre las plusvalías y beneficios que resultan de la retirada o cesión en curso de explotación de acciones cotizadas en la Bolsa de valores, acciones o parte de Oferta Publica de Compra de Valores Mobiliarios (O.P.C.V.M.) cuyo activo se invierte permanentemente hasta un máximo de al menos de un 85% de acciones numeradas. Esta ventaja es aplicable sobre un período de 4 años del 1 de enero de 2002 al 31 de diciembre de 2005.

El déficit puede prorrogarse hasta el 4° ejercicio que sigue el ejercicio deficitario. Sin embargo, la limitación del plazo de cuatro años mencionado no es aplicable al déficit o a la fracción del déficit que corresponde a las amortizaciones incluidas en las cargas deducibles.

Los beneficios realizados en la zona franca del puerto de Tánger se benefician de una exención total del IS y el IGR. ·

Las empresas establecidas en las provincias de Tánger, Asilah y Fahs Bani Makada (dahír de 1963) se benefician de una reducción permanente del 50% sobre el impuesto de Sociedades o sobre el IGR (según el régimen fiscal adoptado por la sociedad). Las ventajas previstas en favor de las empresas exportadoras y artesanales son acumulables con las medidas de atenuación fiscal previstas para las provincias de Tánger ' Asilah y Fahs Bani Makada


Aplicación del IS durante el ejercicio de la actividad:

 

-          Exención total para las cooperativas y sus uniones a excepción de los bancos populares regionales;

-          En caso de fusión, impuestos diferidos de las plusvalías así como de las provisiones que figuran al pasivo del balance de la sociedad absorbida en la sociedad absorbente. Los impuestos de las plusvalías se extienden sobre un período de 10 años;

-          Disminución del 100% de los dividendos y otros productos de participación percibidos por las sociedades obligadas al impuesto de sociedades;

-          Exención de los intereses de préstamos concedidos en divisas por el BEI en el marco de proyectos aprobados por el Gobierno;

-          Imposición global con tipo de 8% (en vez de un 12%) del importe impuesto de los trabajos inmobiliarios o de montaje de instalación industriales o técnicas realizados por las sociedades extranjeras;

-          Impuestos reducidos a un tipo del 10% del importe fuera impuesto de los productos brutos percibidos por las sociedades extranjeras (arte 12 IS y 19 IGR)

-          Reducción del IS en favor de las sociedades cuyos títulos se introducen en Bolsa de:

             - 25% si la introducción es hecha por apertura del capital al público por la cesión de acciones existentes;

            - 50% si la introducción es hecha por aumento del capital de al menos un 20%

 

Impuesto sobre el Valor Añadido (TVA)

Los bienes de equipo, materiales y herramientas que deben inscribirse en una cuenta de inmovilización y dando derecho a deducción según la legislación vigente se exoneran del Impuesto sobre el Valor Añadido en el Interior y a Importación, con posibilidad de reembolso para las empresas que pagan el IVA sobre la compra de dichos bienes

 

Registro (conocido como “Patente”)

Al crear la empresa

-          La adquisición de terrenos destinados a la realización de un proyecto de inversión que no sea de parcelación o construcción se exonera del permiso;

-          Las escrituras fundacionales de las cooperativas y de sus uniones se someten a un derecho fijo de 50 dirhams.

Durante el ejercicio de la actividad

-          Derecho de contribución fijado en el 0,50%, en vez del impuesto de transmisiones del 5%, con motivo de las constituciones y aumentos de capital de las sociedades;

-          La toma en consideración del pasivo de las sociedades, se exonera del permiso, por lo que se refiere a los actos a fines de:

    - Reconstitución total o parcial del capital reducido en los tres años de la reducción de este capital;

    - Fusión de sociedades por acciones o a responsabilidad limitada

 

Impuesto Urbano

Al crear la empresa

-          los bienes de equipo, materiales y herramientas, las nuevas construcciones y las adiciones de construcciones a uso de vivienda o profesional se exoneran durante 5 años del Impuesto urbano

-          Exención total durante 15 años en las zonas francas de exportación

-          Exención permanente de los centros financieros extraterritoriales

-          Reducción permanente del 50% en las provincias de Tánger-Asilah y Fahs-Beni Makada

-          Límite superior de alquiler sujeto a impuesto urbano para toda la inversión realizada de un importe inferior o igual a 50 millones de dirhams, a partir de 1 de julio de 2001 para los productores de bienes y los prestadores de servicios

 

Durante el ejercicio de la actividad

-          Revisión del valor de alquiler de los bienes inmuebles y de las construcciones impuestas al 2% cada 5 años en vez de cada año.

-          Exención permanente de los centros financieros extraterritoriales

-          Reducción permanente del 50% en las provincias de Tánger-Assilah y Fahs-Beni Makada

 

Los sectores siguientes se benefician de ventajas específicas:

 

Exenciones sectoriales

 

Sector agrícola

Sector Inmobiliario

Sector de Turismo

Sector minero

Sector de Hidrocarburos

Sector de Enseñanaza

Sector de Artesanato

Sector bancario, finanzas y seguros

Sector de Telecomunicaciones

Sector de Energia y Agua Potable

Sector de Exportaciones

Sector Marítimo

Sector Educativo y Cultural

Sector de Transporte

Sector de Sanidad

Sector del empleo

Ambito de la cooperación internacional

Ventajas de orden social

Ventajas relativas a diversas actividades

 

  

Fuente: Ministerio de Finanzas

 

Ministère des Finances et de la Privatisation
Quartier Administratif Chellah, Rabat
Tél : 037.67.75.01 au 08
037.67.72.00 au 11
Fax : 037.67.75.27 et 28

 

 



C/ Camino de los Descubrimientos
Pabellõn de la Naturaleza  -  Isla de la Cartuja   n°  4
41092         SEVILLA        ESPAÑA
Tél. : (00 34) 954 00 60 06   -  Fax :
(00 34) 954 08 15 51   -   e-mail: secretaria@consulatmarocseville.es

Les questions ou suggestions  concernant ce site Web sont à adresser à Webmaster. Vos témoignage nous intéressent, écrivez-nous.
Site réalisé par le Consulat Général du Royaume du Maroc à Séville, en collaboration avec Malek RHARRAB.
Copyright © 2008 Tous droits réservés. Maj du 27/03/09 11:46