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Invertir
en Marruecos: ventajas fiscales
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Exenciones
de alcance general
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Impuesto
sobre Sociedades
Impuesto
sobre sociedades e Impuesto sobre Renta y Patrimonio (I.G.R.)
Impuesto
sobre le Valor Añadido
Derechos
de Registro
Impuestos
de Patentes
Tasa
Urbana
Contribución
sobre ingresos profesionales exentos de I.G.R.
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En el momento de creación de la empresa:
Las
empresas que ejercen actividades en las prefecturas o provincias de:
Al
Hoceïma, Berkane, Boujdour, Chefchaoun, Essamara, Guelmim, a Jerada, Laâyoune,
Larache, Nador, Ued Eddahab, Oujda Angad, Tánger Asilah, Fahs Bni Makada,
Tantan, Taounate, Taourirt, Tata, Taza y Tetuán,
se
benefician de una reducción temporal del 50% sobre el impuesto de Sociedades o
sobre el IGR, equivalente al IPRF español, (según el régimen fiscal adoptado
por la empresa) durante los 5 primeros años de la empresa a partir del inicio
de la actividad, a excepción de los establecimientos permanentes sin sede en
Marruecos adjudicatarios de contratos de obras, suministros o servicios, las
entidades de crédito, el banco del Estado « Bank Al Maghrib », la
Caja de Depósito y Gestión (CDG), las sociedades de seguros y reseguros y las
agencias inmobiliarias.
Las
empresas establecidas en las provincias de Tánger, Asilah y Fahs Bani Makada (dahír
de 1963) se benefician de una reducción permanente del 50% sobre el impuesto de
Sociedades o sobre el IGR (según el régimen fiscal adoptado por la sociedad).
Las ventajas previstas en favor de las empresas exportadoras y artesanales son
cumulables con las medidas de atenuación fiscal previstas para las provincias
de Tánger ' Asilah y Fahs Bani Makada.
Los
beneficios realizados en la zona franca del puerto de Tánger se benefician de
una exención total del IS y el IGR.
Exención
de la cotización mínima durante los 3 primeros ejercicios contables que siguen
la fecha de inicio de la actividad profesional. Determinación de la cotización
mínima sobre una base antes del impuesto a partir del 01 de enero de 2001.
Aplicacion
del IS y IGR durante el ejercicio de la actividad :
Una
provisión en franquicia de impuesto hasta un máximo de 20% del beneficio
fiscal, antes del impuesto, puede ser constituida para la realización de
inversiones en bienes de equipo, materiales y herramienta, dentro del límite de
30% del importe de dichas inversiones, con exclusión de los terrenos, de las
construcciones que no sean de uso profesional y de los vehículos de turismo.
Esta provisión puede afectarse en parte o en totalidad por la reestructuración,
investigación y desarrollo.
Una
provisión en franquicia de impuesto puede ser constituida dentro del límite de
3% del beneficio fiscal, antes del impuesto, con el fin de abastecer un fondo
destinado a la adquisición o a la construcción por el empresario de
alojamientos destinados a los asalariados de la empresa como vivienda principal
o la concesión de préstamos a dichos asalariadas para la construcción o la
adquisición de alojamientos destinados a la vivienda principal.
Los
bienes de equipo con exclusión de los edificios y vehículos de transporte de
personas, pueden amortiguarse según el método "regresivo", que
consiste en aplicar a la anualidad de amortización normal los siguientes
coeficientes :
-
1,5 para los bienes
cuya duración de amortización es de 3 ó 4 años;
- 2
para los bienes cuya duración de amortización es de 5 ó 6 años;
- 3
para los bienes cuya duración de amortización es superior a 6 años
Disminución sobre las plusvalías constatadas y beneficios realizados
con motivo de cesión o retirada de elementos del activo :
Aplicación
de una disminución durante el ejercicio de la actividad
-
25% si la duración de
posesión del bien cedido es inferior o igual a 4 años
-
50% si dicha duración
es de entre 4 y 8 años;
-
70% si el dicha duración
es superior a 8 años
-
100% si la empresa se
compromete a volver a invertir el producto global de las cesiones efectuadas
durante un mismo ejercicio en bienes de equipo o en edificios reservados a la
explotación profesional con un plazo de conservación de 5 años de dichos
bienes
Al
termino de la actividad, aplicación de una disminución de :
-
50% si el tiempo de
posesión del bien cedido es de entre 4 y 8 años;
-
2/3 si dicho periodo
es superior a 8 años;
Aplicación
de una disminución derogatoria, opcional y específica del 50% sobre las
plusvalías y beneficios que resultan de la retirada o cesión en curso de
explotación de acciones cotizadas en la Bolsa de valores, acciones o parte de
Oferta Publica de Compra de Valores Mobiliarios (O.P.C.V.M.) cuyo activo se
invierte permanentemente hasta un máximo de al menos de un 85% de acciones
numeradas. Esta ventaja es aplicable sobre un período de 4 años del 1 de enero
de 2002 al 31 de diciembre de 2005.
El
déficit puede prorrogarse hasta el 4° ejercicio que sigue el ejercicio
deficitario. Sin embargo, la limitación del plazo de cuatro años mencionado no
es aplicable al déficit o a la fracción del déficit que corresponde a las
amortizaciones incluidas en las cargas deducibles.
Los
beneficios realizados en la zona franca del puerto de Tánger se benefician de
una exención total del IS y el IGR. ·
Las
empresas establecidas en las provincias de Tánger, Asilah y Fahs Bani Makada (dahír
de 1963) se benefician de una reducción permanente del 50% sobre el impuesto de
Sociedades o sobre el IGR (según el régimen fiscal adoptado por la sociedad).
Las ventajas previstas en favor de las empresas exportadoras y artesanales son
acumulables con las medidas de atenuación fiscal previstas para las provincias
de Tánger ' Asilah y Fahs Bani Makada
Aplicación del IS durante el ejercicio de la actividad:
-
Exención total para
las cooperativas y sus uniones a excepción de los bancos populares regionales;
- En
caso de fusión, impuestos diferidos de las plusvalías así como de las
provisiones que figuran al pasivo del balance de la sociedad absorbida en la
sociedad absorbente. Los impuestos de las plusvalías se extienden sobre un período
de 10 años;
- Disminución
del 100% de los dividendos y otros productos de participación percibidos por
las sociedades obligadas al impuesto de sociedades;
- Exención
de los intereses de préstamos concedidos en divisas por el BEI en el marco de
proyectos aprobados por el Gobierno;
- Imposición
global con tipo de 8% (en vez de un 12%) del importe impuesto de los trabajos
inmobiliarios o de montaje de instalación industriales o técnicas realizados
por las sociedades extranjeras;
- Impuestos
reducidos a un tipo del 10% del importe fuera impuesto de los productos brutos
percibidos por las sociedades extranjeras (arte 12 IS y 19 IGR)
- Reducción
del IS en favor de las sociedades cuyos títulos se introducen en Bolsa de:
- 25% si la introducción es hecha por apertura del capital al público por la
cesión de acciones existentes;
- 50% si la introducción es hecha por aumento del capital de al menos un 20%
Impuesto
sobre el Valor Añadido (TVA)
Los
bienes de equipo, materiales y herramientas que deben inscribirse en una cuenta
de inmovilización y dando derecho a deducción según la legislación vigente
se exoneran del Impuesto sobre el Valor Añadido en el Interior y a Importación,
con posibilidad de reembolso para las empresas que pagan el IVA sobre la compra
de dichos bienes
Registro
(conocido
como “Patente”)
Al
crear la empresa
-
La adquisición de
terrenos destinados a la realización de un proyecto de inversión que no sea de
parcelación o construcción se exonera del permiso;
- Las
escrituras fundacionales de las cooperativas y de sus uniones se someten a un
derecho fijo de 50 dirhams.
Durante
el ejercicio de la actividad
-
Derecho de contribución
fijado en el 0,50%, en vez del impuesto de transmisiones del 5%, con motivo de
las constituciones y aumentos de capital de las sociedades;
-
La toma en consideración
del pasivo de las sociedades, se exonera del permiso, por lo que se refiere a
los actos a fines de:
-
Reconstitución total o parcial del capital reducido en los tres años de la
reducción de este capital;
-
Fusión de sociedades por acciones o a responsabilidad limitada
Impuesto
Urbano
Al
crear la empresa
-
los bienes de equipo,
materiales y herramientas, las nuevas construcciones y las adiciones de
construcciones a uso de vivienda o profesional se exoneran durante 5 años del
Impuesto urbano
- Exención
total durante 15 años en las zonas francas de exportación
- Exención
permanente de los centros financieros extraterritoriales
- Reducción
permanente del 50% en las provincias de Tánger-Asilah y Fahs-Beni Makada
- Límite
superior de alquiler sujeto a impuesto urbano para toda la inversión realizada
de un importe inferior o igual a 50 millones de dirhams, a partir de 1 de julio
de 2001 para los productores de bienes y los prestadores de servicios
Durante
el ejercicio de la actividad
-
Revisión del valor de
alquiler de los bienes inmuebles y de las construcciones impuestas al 2% cada 5
años en vez de cada año.
-
Exención permanente
de los centros financieros extraterritoriales
-
Reducción permanente
del 50% en las provincias de Tánger-Assilah y Fahs-Beni Makada
Los
sectores siguientes se benefician de ventajas específicas:
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Exenciones
sectoriales
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Sector
agrícola
Sector
Inmobiliario
Sector
de Turismo
Sector
minero
Sector de Hidrocarburos
Sector
de Enseñanaza
Sector
de Artesanato
Sector
bancario, finanzas y seguros
Sector
de Telecomunicaciones
Sector
de Energia y Agua Potable
Sector
de Exportaciones
Sector
Marítimo
Sector
Educativo y Cultural
Sector
de Transporte
Sector
de Sanidad
Sector
del empleo
Ambito
de la cooperación internacional
Ventajas
de orden social
Ventajas
relativas a diversas actividades
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Fuente:
Ministerio de Finanzas
Ministère
des Finances et de la Privatisation
Quartier Administratif Chellah, Rabat
Tél : 037.67.75.01 au 08
037.67.72.00 au 11
Fax : 037.67.75.27 et 28

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