|
DEPARTAMENTO
DE PASAPORTES
INSCRIPCION
CONSULAR
El ciudadano marroquí debe matricularse en los registros del Consulado
General del Reino de Marruecos
de Sevilla en cuanto se
instale en cualquiera de las
localidades de Sevilla, Jaén, Córdoba, Huelva, Cáceres o Badajoz y Mérida.
Cumpliendo este procedimiento, se le facilitaran
a él y a su familia los tramites
y gestiones administrativos conforme a las normas en vigor.
Para obtener la inscripción consular,
los ciudadanos deben
presentar en este Consulado
General un expediente conteniendo los documentos siguientes:
-
C.I.N. : Documento Nacional de Identidad en vigor
original y 2 fotocopias.
-
Pasaporte del interesado y fotocopia de las 4 primeras
paginas.
-
Permiso de residencia o empadronamiento, certificado
escolar para estudiantes .
-
Dos fotos tipo
pasaporte en color y actuales.
-
La presencia del interesado es imprescindible.
-
Los menores deben portar el libro de familia original y fotocopia.
-
CIN y
Libro de familia del titular y
dos fotos
-
Numero de inscripción del tutor
-
Cabe indicar
que la cedula individual de
nacimiento de be estar en vigor y no
superar los tres meses.

RENOVACIÓN
DE
PASAPORTES
Para renovar el pasaporte, el ciudadano marroquí debe
presentar un dossier con los siguientes documentos:
-
Pasaporte original mas
fotocopia de las tres primeras paginas.
-
CIN mas fotocopia de las tres primeras paginas a doble
cara.
-
Permiso de residencia mas fotocopia del mismo o
empadronamiento que acredite la residencia
efectiva en la circunscripción del Consulado.
-
Cuatro fotografías tipo pasaporte.
-
En caso de perdida del pasaporte se debe presentar además
de los documentos citados anteriormente, una denuncia presentada ante la
policía o la guardia civil u otra autoridad competente.
En caso de perdida del pasaporte este
Consulado expide al interesado
un certificado de tramitación y
debe esperar a la respuesta de las autoridades marroquíes competentes para
la concesión del nuevo pasaporte.
-
Fotocopia del pasaporte
extraviado si se tiene

PROROGACION
DE
PASAPORTES
Para prorrogar el pasaporte, el ciudadano marroquí debe
presentar un dossier con los siguientes documentos:
-
Pasaporte original mas
fotocopia de las tres primeras paginas.
-
CIN mas fotocopia de las tres primeras paginas a doble
cara.
-
Permiso de residencia mas fotocopia del mismo o
empadronamiento que acredite la residencia
efectiva en la circunscripción del Consulado.
-
Cuatro fotografías tipo pasaporte.

PASAPORTES
DETERIORADOS O ILEGIBLES
Para la expedición de un
pasaporte deteriorado o ilegible, el ciudadano marroquí debe
presentar un dossier con los siguientes documentos:
-
Pasaporte original deteriorado o ilegible.
-
Declaración jurada legalizada sobre las circunstancias
del deterioro mismo.
-
CIN mas fotocopia de las tres primeras paginas a doble
cara.
-
Permiso de residencia mas fotocopia del mismo o
empadronamiento que acredite la residencia
efectiva en la circunscripción del Consulado.
-
Cuatro fotografías tipo pasaporte.

PASAPORTES
DE LOS MENORES DE EDAD
(A partir de los siete años de edad )
Para la obtención de los pasaportes de menores de edad,
el ciudadano marroquí debe presentar un dossier con los siguientes
documentos:
- Pasaporte original de
los padres donde consta la
inscripción del menor mas
fotocopia de las cuatro primeras paginas y la fotocopia donde consta el visado
si trata de reagrupación familiar.
- CIN mas fotocopia de las tres primeras paginas a doble
cara.
- Permiso de residencia mas fotocopia del mismo o
empadronamiento que acredite la residencia
efectiva en la circunscripción del Consulado.
- Cuatro fotografías tipo pasaporte.
- Autorización legalizada del padre en caso de ausencia.
- Libro de Familia y Registro Civil marroquí mas fotocopia
de su primera y segunda pagina y la pagina correspondiente al hijo y / o partida de nacimiento del
mismo.
- Certificado escolar del hijo en caso de su escolarización.
- La presencia del menor en el Consulado
es requisito
imprescindible en el momento de tramitación del pasaporte.

INCLUSION
DE MENORES EN LOS PASAPORTES
DE LOS PADRES
-
Pasaporte original de
los padres donde se quiere
incluir el hijo mas fotocopia
de las cuatro primeras paginas
.
-
CIN mas fotocopia de las tres primeras paginas a doble
cara.
-
Permiso de residencia mas fotocopia del mismo o
empadronamiento que acredite la residencia
efectiva en la circunscripción del Consulado.
-
Cuatro fotografías tipo pasaporte.
-
Autorización legalizada del padre en caso de ausencia
para incluir al menor en el pasaporte de su madre. Para incluir al menor en
el pasaporte del padre se precisa la autorización de la madre.
-
Libro de Familia y Registro Civil marroquí mas fotocopia
de su primera y segunda pagina y la pagina correspondiente al hijo
y / o partida de nacimiento del mismo.
-
Certificado escolar del hijo en caso de su escolarización
-
La presencia del menor en el Consulado
es requisito
imprescindible en el momento de tramitación del pasaporte.

AUTORIZACIÓN
DE TRANSITO -
LAISSEZ-PASSER
Este Consulado
General expide un
Laissez-Passer, Salvo Conducto valido de diez días únicamente para el regreso a Maruecos,
a todo ciudadano que aporte un
documento oficial que acredite su condición de ciudadano marroquí y que
no disponga de pasaporte .
El interesado debe
presentar a este Consulado General:
-
Documento Nacional de Identidad u otro documento
que acredite su nacionalidad marroquí.
-
Dos fotografías
-
Declaración jurada
de perdida de pasaporte
realizada ante autoridades competentes o de no haber
sido titular de una pasaporte.
|